En un fallo de cierre, el Consejo de Estado ratificó la providencia del Tribunal Administrativo de Caldas mediante la cual dejó en firme la elección de los integrantes de la bancada de diputados en Caldas.
Tanto el Tribunal Administrativo de Caldas como el Consejo de Estado consideraron que no había lugar para conceder las pretensiones de los demandantes. El Consejo de Estado, en su decisión, determinó que no se había demostrado que existiera un incumplimiento de la cuota de género. Los magistrados del alto tribunal concluyeron que los actos de elección fueron ajustados a derecho, por lo que ratificaron el fallo de primera instancia.